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Acuerdo Ministerial MDT-2025-006 ¿Tu empresa debe cumplir las 40 horas de capacitación obligatoria?

  • Foto del escritor: Daniel Belduma
    Daniel Belduma
  • 5 may
  • 2 Min. de lectura

Si tienes una empresa, negocio o centro de trabajo en Ecuador, esta información te interesa.


El Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-006 establece obligaciones para empleadores del sector privado y entidades del sector público en temas de igualdad salarial, igualdad de género, derechos laborales, erradicación de la violencia y no discriminación en el ámbito de trabajo.


¿Quién debe cumplir esta normativa?

La duda más común es:“¿Esto aplica solo para empresas grandes o también para negocios pequeños?”


El Acuerdo indica que su aplicación es obligatoria para el sector privado y para el sector público. Además, no establece un número mínimo de trabajadores para aplicar esta obligación.


En palabras simples: si tienes una empresa, negocio o centro de trabajo con trabajadores bajo relación laboral, debes revisar esta obligación, incluso si tienes menos de 10 trabajadores.


¿Qué exige el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-006?

El artículo 3 señala que los empleadores deben realizar procesos de capacitación virtual, presencial o mixta, con una duración mínima de 40 horas anuales, dirigidos a todos sus trabajadores.

Estas capacitaciones deben tratar, entre otros temas:


  • Derechos laborales de mujeres y hombres.

  • Igualdad de género.

  • Erradicación de violencia y no discriminación en la empresa.

  • Trabajo de igual valor.

  • Igualdad salarial entre mujeres y hombres.


¿Qué pasa si mi empresa no cumple?

El artículo 6 del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-006 indica que, en caso de incumplimiento de las obligaciones de capacitación, sensibilización y reporte, los empleadores serán sancionados conforme a la normativa vigente.


Además, en casos relacionados con discriminación salarial, el Acuerdo señala que el empleador puede ser sancionado por el Inspector de Trabajo conforme al Mandato Constituyente Nro. 8.


Por eso, no es recomendable esperar una inspección, denuncia o requerimiento del Ministerio de Trabajo.


¿Qué debe hacer tu empresa ahora?

Lo más importante es capacitar al personal, guardar respaldos y contar con evidencia documental del cumplimiento.


En BC Seguridad y Salud te ayudamos a entender esta obligación y a implementar el taller de capacitación relacionado con el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-006.


DESCARGA EL ACUERDO MINISTERIAL


¿Tu empresa ya cumple con las 40 horas de capacitación obligatoria?


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Acuerdo MDT-2025-006: 40 horas de capacitación
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