Seguridad Industrial
El servicio incluye:
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Elaboración del reglamento de higiene y seguridad Ecuador
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Elaboración y/o actualización de Matriz de Riesgos, y registro en la página de Ministerio de Trabajo. (SUT)
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Actualización de la Política de Seguridad y Salud.
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Asesoría para conformación de Comité de Seguridad y Salud y/o Delegado de seguridad Registro en (SUT).
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Ingreso de planes de acción al SUT en base a principales riesgos detectados.
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Entrega del Reglamento de higiene y seguridad industrial impreso y formato digital.
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Asesoría sobre las obligaciones en materia de seguridad.
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Socialización reglamento de seguridad y salud ocupacional.
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Tiempos de entrega: A convenir con el cliente.
Normativa Aplicable para elaborar el reglamento de seguridad y salud ocupacional ecuador 2019:
Código de Trabajo Ecuador
Art.434.- En todo medio colectivo y permanente de trabajo que cuente con más de diez trabajadores, los empleadores están obligados a elaborar y someter a la aprobación del Viceministerio de Trabajo por medio de la Dirección Regional del Trabajo, un reglamento de higiene y seguridad, el mismo que será renovado cada dos años.
Decreto 2393
Art.11 Num. 8.- Especificar en el Reglamento Interno de Seguridad e Higiene, las facultades y deberes del personal directivo, técnicos y mandos medios, en orden a la prevención de los riesgos de trabajo.
Acuerdo Ministerial No. MDT -2020 01
Art.10.- Obligaciones en materia de seguridad, salud del trabajo y gestión de riesgos.- El empleador deberá efectural el registro, aprobación, notificación y/o reporte de obligaciones laborales en materia de seguridad y salud en el trabajo, respecto a los siguientes temas:
g) Reglamento de Higiene y Seguridad.
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Reglamento de Higiene y Seguridad en el trabajo
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