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revisión de leyes

Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo en Ecuador

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Evite sanciones
​Toda empresa con más de 10 trabajadores en Ecuador debe cumplir con la elaboración del reglamento de seguridad y salud en el trabajo. El documento debe ser actualizado cada dos años.
​​
​​En BC Group te ayudamos a elaborar y aprobar este reglamento de forma ágil y profesional, garantizando el cumplimiento legal.

Tener tu reglamento aprobado por el Ministerio de Trabajo te protege de multas y sanciones, y demuestra tu compromiso con la seguridad de tus colaboradores. ¡No esperes a una inspección sorpresa o un accidente laboral para actuar! Nosotros nos encargamos de todo el proceso por ti.

¿ Qué es el Reglamento de higiene y seguridad?

Es un documento obligatorio para las empresas con más de 10 colaboradores. Donde se establece las normas preventivas, responsabilidades, obligaciones tanto para el empleador como a los empleados, así como las medidas para evitar accidentes y enfermedades laborales. El reglamento debe ser aprobado y actualizado cada dos años en la página del Ministerio de Trabajo SUT.

¿Qué incluye nuestro servicio de Elaboración del Reglamento SST?

1. Diagnóstico inicial y Matriz de Riesgos: Identificación de los riesgos laborales por cargo y evaluación de los controles existentes en tu empresa. Esto nos permite adaptar el reglamento a la realidad de tus operaciones.

3. Registro y aprobación ante el Ministerio (SUT): Nos encargamos de ingresar el reglamento en la plataforma SUT del Ministerio de Trabajo, gestionando su aprobación oficial. Hacemos el seguimiento del trámite hasta obtener la resolución aprobatoria. ¡Despreocúpate, nosotros lo hacemos por ti!

5. Entrega del Reglamento en formatos accesibles: Te entregamos el Reglamento en formato digital PDF, listo para socializar con tus trabajadores. Además, consejos para su implementación efectiva en tu empresa.

2. Elaboración del Reglamento de Higiene y Seguridad: a la medida de tu organización, cumpliendo el formato oficial del Ministerio de Trabajo. Incluimos políticas, responsabilidades (empleador, trabajadores, Comité, etc.) y normas internas de prevención adaptadas a tu giro de negocio.

4. Asesoría para el Comité Paritario o Delegado de SST: Te guiamos en la conformación o actualización de tu Comité de Seguridad y Salud (o designación de Delegado, si aplica), y registramos a sus miembros en el SUT. Esto es clave para cumplir la normativa correlacionada del reglamento

6. Asesoría inicial y obligaciones posteriores: Incluimos una asesoría inicial sobre las obligaciones que tienes una vez aprobado el reglamento. Queremos que estés preparado no solo para obtener el documento, sino para cumplir con lo que solicita el MDT en su lista de verificación.

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- Código de Trabajo (Art. 434): En todo centro de trabajo con más de diez trabajadores, los empleadores están obligados a elaborar y someter a aprobación del Ministerio de Trabajo un Reglamento de Higiene y Seguridad, el mismo que será renovado cada dos años.” Incumplir esto puede acarrear sanciones económicas y administrativas para el empleador. - Decreto Ejecutivo 2393/86 (seguridad de los trabajadores): Base legal histórica que establecía contenidos mínimos del reglamento (facultades y deberes del personal en prevención de riesgos). Este decreto fue reemplazado por el actual Decreto 255 en 2024. - Decreto Ejecutivo No. 255 (Mayo 2024): Nuevo Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, vigente desde 9 de mayo de 2024. Actualiza obligaciones y define nuevos conceptos (p.ej. evento centinela, roles de monitores de seguridad). Refuerza la obligatoriedad de registrar el Reglamento de SST en el SUT dentro de los plazos. - Acuerdo Ministerial MDT-2020-001 (Art. 10 g): Establece que el empleador debe registrar y notificar el Reglamento de Higiene y Seguridad en el trabajo en la plataforma SUT como parte de sus obligaciones laborales. - Acuerdo Ministerial MDT-2024-196: Actualización que enfatiza: elaborar, socializar y entregar a cada trabajador un ejemplar del Reglamento aprobado; y confirma que es responsabilidad del empleador solicitar su aprobación ante autoridad laboral. En resumen, la ley exige no solo tener el Reglamento, sino mantenerlo actualizado y conocido por todos en la empresa. ¡Nosotros te ayudamos a cumplir con todo esto!)

Preguntas frecuentes sobre el reglamento de SST:

1. ¿Cada cuánto tiempo se debe renovar el Reglamento de Higiene y Seguridad? Cada 2 años. Una vez aprobado, el Reglamento tiene vigencia de dos años. Antes de que venza ese plazo, se debe revisar y actualizar (incorporando cambios en la empresa o en la normativa) y someterlo de nuevo a aprobación. Nuestro servicio puede apoyarte en esas futuras actualizaciones también. 2. ¿Qué pasa si mi empresa crece y supera los 10 trabajadores, debo elaborar un Reglamento de inmediato? 2. ¿Qué pasa si mi empresa crece y supera los 10 trabajadores, debo elaborar un Reglamento de inmediato? Sí. La obligación inicia en el momento en que tienes más de 10 trabajadores. Si pasaste de 9 a 11 empleados, por ejemplo, deberías empezar el proceso para obtener tu Reglamento SST. Si tienes ≤10, aplican otras normas: por ejemplo, un Plan de Prevención de Riesgos en lugar del reglamento. Te asesoramos según tu caso específico. 3. ¿Cómo se registra el Reglamento en el Ministerio de Trabajo? El registro se realiza en línea a través del Sistema Único de Trabajo (SUT) del Ministerio. Se carga el documento, junto con una Matriz de Riesgos y otros requisitos solicitados. Nuestro equipo hará este trámite por ti, asegurándose de cumplir con todos los pasos y documentos. Una vez registrado, el Ministerio lo revisa y emite la aprobación u observaciones. En caso de observaciones, las corregimos y reingresamos sin costo adicional. 4. ¿Qué ocurre si la realidad de la empresa cambia (nuevos procesos, más empleados)? El Reglamento debe reflejar la realidad de la empresa. Si hay cambios significativos (nuevas áreas de trabajo, incremento de personal, nuevos riesgos), se recomienda no esperar al vencimiento de 2 años; actualízalo antes. La autoridad puede dar de baja un reglamento que no se ajuste a la realidad. Con BC Group, puedes contar con asesoría continua: evaluamos esos cambios y ajustamos el documento cuando sea necesario. 5. ¿Además del Reglamento, qué otras obligaciones legales en SST debo cumplir? Entre las principales están: conformar un Comité Paritario de Seguridad y Salud cuando el negocio tiene más de 50 trabajadores. llevar registros de inducciones y capacitaciones, implementar programas de prevención (p. ej. riesgos psicosociales, uso de equipos de protección) y contar con un técnico de Seguridad según el número de trabajadores y el nivel de riesgos. Sabemos que es mucho; por eso ofrecemos paquetes integrales de asesoría para que tu empresa cumpla con todas las obligaciones de SST sin complicaciones. (¿Tienes más preguntas? ¡Contáctanos y con gusto te orientamos en todo lo que necesites saber!)

¿Por qué elegir BC Group?

 

🏅 Expertos locales: Contamos con más de 15 años de experiencia en Seguridad y Salud en el Trabajo asesorando a empresas Ecuatorianas. Conocemos al detalle los procesos ante el Ministerio de Trabajo.

⚡ Servicio integral: Nos encargamos de todo el proceso, de principio a fin. Desde el levantamiento de información en tu empresa, hasta entregarte el reglamento aprobado y en regla. ¡Así puedes enfocarte en tu negocio!

💬 Atención personalizada: Asignamos un consultor de SST que te acompañará. Podrás resolver dudas en cualquier momento – estamos a un WhatsApp de distancia para soporte rápido.

🤝 Confianza demostrada: Nuestros clientes nos respaldan. Hemos elaborado reglamentos para empresas de distintos sectores (comercial, industrial, educativo, farmacéutica, comercial, etc.) cumpliendo siempre con los estándares exigidos.

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Reglamento de higiene y seguridad del trabajo

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BC Group nos elaboró el Reglamento de Seguridad en tiempo récord y aprobado sin observaciones. Ahora trabajamos tranquilos y al día con la ley. ¡Recomendados!”

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